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Fecha de Actualización 28/04/2022

 

CAPÍTULO III, de la Administración del Organismo Operador

ARTÍCULO 19.- La administración del Organismo Operador estará a cargo de un Consejo de Administración y de un Director General designado por el propio Consejo.

ARTÍCULO 20.- El Consejo de Administración se integrará por:

Un (1) Presidente y diecisiete (17) Representantes

ARTÍCULO 21.-  El Ayuntamiento convocará a participar a través de invitación a las Organizaciones, Asociaciones, Comités y Sectores mencionados en el artículo anterior, a fin de que designen representante propietario y suplente, o en caso de ser necesario, un representante común para dos o más de ellas.

ARTÍCULO 22.- Para la integración del Consejo Directivo, se procurará que en todo momento prevalezca la paridad en votos entre los representantes del Ayuntamiento y la sociedad.

ARTÍCULO 23.- El H. Ayuntamiento vigilará que las personas calificadas y puestas a su consideración para la integración del Consejo, reúnan los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano mexicano;
  2. Ser mayor de edad;
  3. Estar al corriente en el pago de los servicios a favor del Organismo Operador;
  4. No estar desempeñando algún cargo público o puesto de elección popular o cargo en partido político ya sea a nivel federal, estatal o municipal, exceptuando a los representantes de las autoridades;
  5. No ser ministro religioso, u ocupar algún cargo similar en cualquier culto religioso;
  6. No ser cónyuge o persona que tenga parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o civil, con cualquiera de los miembros del Consejo;
  7. No tener litigios pendientes con el Organismo Operador;
  8. No haber sido sentenciado por delitos patrimoniales;
  9. No haber sido inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; y
  10. No haber sido procesado por delito doloso.
Tipo de Documento: Reglamento
Nombre: Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento del municipio de Colotlán, Jal.
Fecha de Publicación: 28 de Abril de 2016 (VIGENTE)
Aplica todo el documento para este Sujeto Obligado

 

TÍTULO TERCERO, DE LA COMISIÓN TARIFARIA, CAPÍTULO I, Disposiciones Generales 

ARTÍCULO 53.- La realización de estudios, la formulación de las propuestas, y en su caso la aprobación de las cuotas y tarifas de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales que proporciona el Organismo Operador, se harán a través de la Comisión Tarifaria, constituida en los términos establecidos en la Ley del Agua y su Reglamento, y en el presente ordenamiento.

ARTÍCULO 56.- La Comisión Tarifaria se integrará en forma permanente, y estará constituida por:

Un presidente y 7 Representantes 

ARTÍCULO 58.-En todos los casos, los miembros de la Comisión Tarifaria, deberán reunir, cuando menos, los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano mexicano;
  2. Ser mayor de edad;
  3. Ser usuario de los servicios a que se refiere la Ley del Agua y su Reglamento, y estar al corriente en el pago de los mismos;
  4. No estar desempeñando algún cargo público o puesto de elección popular o cargo en partido político ya sea a nivel federal, estatal o municipal, exceptuando a los representantes de las autoridades;
  5. No ser ministro religioso, u ocupar algún cargo similar en cualquier culto religioso; y
  6. No tener litigios pendientes con el prestador de los servicios.
Tipo de Documento: Reglamento
Nombre: Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento del municipio de Colotlán, Jal.
Fecha de Publicación: 28 de Abril de 2016 (VIGENTE)
Aplica todo el documento para este Sujeto Obligado

 

Usted podrá consultar las Actas,convocatorias y/o órdenes del día en el siguiente enlace http://www.transparencia.colotlan.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=347:actas-de-consejo-sapasco&catid=24&Itemid=435

Los siguientes instrumentos de participación ciudadana se proporcionan con la intención de ofrecer un servicio oportuno, eficaz y eficiente en torno a sus demandas y quejas.

SISTEMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE COLOTLÁN.

Calle Paseo #58, Centro de Colotlán, Jal.

Tel: (499) 99-2-25-50.

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00  y Sabado de 9:00 a 13:00 Hrs

DIRECTOR GENERAL

 

C. José León Robles Cárdenas